Santo Domingo. El exprocurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña, aseguró que el presidente del Partido de la Liberación Dominicana, Leonel Fernández, será escogido por aclamación como candidato presidencial por esa organización política para los comicios de 2016.
Jiménez Peña, quien es miembro del Comité Político del partido oficialista dio por hecho que una vez proclamado como candidato del PLD para las próximas elecciones, Fernández Reyna no tendrá inconvenientes para alzarse con el triunfo en la primera vuelta de ese certamen.
Agregó que pese a la campaña perversa que se lanzó contra el exmandatario, con la finalidad de inhabilitarlo políticamente, la mayoría de la población lo tiene como el mejor activo político con que cuenta el país para las venideras elecciones.
Entrevistado por Héctor Herrera Cabral en el programa D´AGENDA, Radhamés Jiménez aseguró que el doctor Leonel Fernández es el presidente con mejor obra de gobierno en toda la historia del país.
Explicó que el legado en materia de infraestructura, así como en lo referente a lo institucional, que le ha aportado a la República Dominicana los gobiernos de Leonel Fernández constituyen el mejor aval para que el pueblo lo vuelva a llevar al Palacio Nacional.
Dice petición de Díaz Rúa para que se archive expediente es legítima
Jiménez Peña, quien es titular de la secretaría de Asuntos Jurídicos del PLD, calificó como legitima la petición que hace el exministro de Obras Públicas Víctor Díaz Rúa, para que un juez ordene el archivo de la investigación que realiza en su contra la Fiscalía del Distrito Nacional.
El exprocurador general de la República recordó que el artículo 69 de la Carta Magna consagra una serie de Tutelas judiciales efectivas del debido proceso que se debe observar contra cualquier ciudadano a la hora de iniciar una persecución en su contra.
Insiste artículo 85 del CPP es inconstitucional
El exprocurador general de la República Radhamés Jiménez Peña reiteró que es inconstitucional el artículo 85 párrafo tres que otorga calidad de querellante a la ciudadanía en los hechos de corrupción en la administración pública y violaciones a los derechos humanos.
El dirigente peledeista aseguró que dicho artículo colisiona con el numeral cinco del artículo 22 de la Carta Sustantiva que establece entre los derechos de ciudadanía, el denunciar las faltas cometidas por los funcionarios públicos en el desempeño de sus funciones.
Agregó que la propia Constitución en su artículo 169 faculta al Ministerio Público de manera exclusiva como el órgano del sistema de justicia responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, dirige la investigación penal y ejerce la acción pública en representación de la sociedad.